martes, 15 de febrero de 2011

LETRAS DEL TESORO

Podemos definir las letras del tesoro como valores de renta fija a corto plazo, que son representados exclusivamente mediante anotaciones en cuenta.
Las letras son emitidas por el Tesoro Público mensualmente mediante subasta. El importe mínimo de cada petición es de 1000 euros.

Podemos realizar la inversión de este activo adquiriéndolo en el momento de su emisión y conservándolo hasta su vencimiento. Por ello debemos elegir la emisión que más nos convenga.
Actualmente el tesoro emite letras del tesoro con los siguientes plazos:
-          A 3 meses
-          A 6 meses
-          A 12 meses
-          A 18 meses
También podemos realizar la inversión comprando el activo en el mercado secundario a una entidad gestora. En el momento de la compra se determinara el plazo y el precio por el que la entidad se compromete a recomprarlo. Así, el comprador puede ajustar el plazo de su inversión según sus necesidades.
Así mismo podemos acudir al mercado secundario donde adquirir los activos y mantenerlos hasta su vencimiento. En este caso tendremos que fijarnos en el precio de adquisición ya que podremos adquirir el activo a la par, por debajo de la par o por encima de la par.


Podemos invertir en este tipo de activos mediante una entidad financiera o directamente a través del Banco de España. Si lo hacemos mediante la entidad financiera, nos cobrará una serie de gastos como comisiones a la compra y a la venta o amortización. La segunda opción supone que solo podremos adquirir activos a su emisión por lo que tendríamos q acudir a la subasta, la cual es regida por unos límites si es no competitiva. Se lleva a cabo el cobro de una sola comisión a la amortización en concepto de transferencia, ya que el Banco de España nos abonará el nominal a nuestra cuenta.  
Las letras del tesoro son emitidas al descuento por lo que su precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso. El interés o rendimiento generado por la letra del tesoro es la diferencia entre el valor de reembolso de la letra y su precio de adquisición.

vencimiento inferior a 376 días:


vencimiento superior a 376 días:



Donde:
Pv = Precio de venta.
Pa = Precio de adquisición.

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